¿Qué es el testamento?
El testamento es el acto de última voluntad por el que una persona mayor de 14 años ordena el destino de sus bienes para después de su muerte.
¿Tengo límites a la hora de testar?
Por regla general, en territorio de derecho común (no foral) la libertad para testar no es plena. Los límites vienen impuestos por el denominado sistema de legítimas. Legitimarios serán nuestros parientes más próximos en línea ascendiente o descendiente; también el cónyuge viudo tiene ciertos derechos hereditarios forzosos. La porción de nuestros bienes sujetos a legítima en caso de tener hijos o nietos son dos tercios; dentro de ellos distinguimos el tercio que puede ser utilizado por el testador para mejorar a alguno de sus descendientes; el tercio restante es el de libre disposición.
¿Por qué hacer testamento?
Es muy recomendable hacer testamento en cualquier caso pero, especialmente, por ejemplo en el supuesto de personas solteras y sin descendientes pues evitaremos el trámite judicial de la declaración de herederos, matrimonios con el fin de elevar la porción que por ley se asigna como cuota vidual al cónyuge viudo, personas con familiares discapacitados o menores de edad para aprovechar el testamento como medio para designar tutor.
¿Depende el impuesto de sucesiones de haber hecho o no testamento?
El impuesto de sucesiones grava de la misma forma la transmisión hereditaria sea por testamento o intestada.
¿Cuesta mucho hacer testamento?
El coste es aproximadamente de 39 euros.
¿Necesito aportar la relación de bienes para hacer testamento?
No es necesario salvo que se quieran realizar legados específicos. El testamento surtirá efecto al fallecimiento sobre todos y cada uno de los bienes que tengamos en ese momento.
¿Puedo cambiar mi testamento?
En cualquier momento pues el testamento es esencialmente revocable. Valdría el último otorgado.
¿Cómo sabrán mis herederos que hice testamento?
Antes de realizar cualquier acto relativo a la herencia de una persona fallecida debemos solicitar y obtener un certificado del registro donde se anotan este tipo de actos de última voluntad. Se lleva por el Ministerio de Justicia. Es un trámite que la notaría puede solucionarle.
Le aconsejamos que para testamentos más complicados solicite cita a la notaría.
VÍDEO INFORMATIVO: https://www.youtube.com/watch?v=5FnsKyDy-uQ
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