El trámite de apostilla consiste en colocar sobre un documento público, o una prolongación del mismo, una anotación que certificará la autenticidad de la firma de los documentos públicos expedidos en un país firmante del XII Convenio de La Haya, de 5 de octubre de 1961, por el que se suprime la exigencia de Legalización de los Documentos Públicos extranjeros.
Así, los documentos emitidos en un país firmante del Convenio que hayan sido certificados por una Apostilla deberán ser reconocidos en cualquier otro país del Convenio sin necesidad de otro tipo de autentificación.
Qué es lo que prueba o certifica la Apostilla
Su finalidad es certificar la autenticidad de la firma, la calidad en que el autorizante del documento ha actuado, y en su caso, la identidad del sello o timbre que lleva el documento.
Funcionarios y autoridades competentes para realizar la legalización única o Apostilla
La apostilla Notarial es la que tiene mayor aplicación pero también pueden apostillar otras autoridades designadas por el Estado correspondiente.
Documentos puede apostillar el Notario
Todos los instrumentos públicos autorizados por otros Notarios tales como escrituras, actas, poderes, etc., bien sea en original, copia o testimonio, y documentos privados cuyas firmas hayan sido legitimadas por otros Notarios.
Testimonios o compulsas de los documentos previamente autorizados por las diferentes Funcionarios y Autoridades competentes.
PREGUNTAS MÁS FRECUENTES
¿Todos los notarios pueden apostillar?
-No. Sólo podrán hacerlo los notarios que estén designados a tal efecto por el órgano competente.
Esta notaria cuenta con un Notario facultado para ello.
Listado de Notarias que actualmente Legalizan/Apostillan en Extremadura:
BADAJOZ: Don Carlos Alberto Mateos Iñiguez – Don Luis Plá Rubio.
CÁCERES: Don Ignacio Ferrer Cazorla - Doña Ángela Villanueva Romero.
DON BENITO: Don Gerardo Holgado Cabrera
MÉRIDA: Don Francisco Javier Hernández Téllez
MONTIJO: Doña Sara de Soto Cardenal
NAVALMORAL DE LA MATA: Doña Carmen Pérez de la Cruz de Oña
PLASENCIA: Don Juan Luis Mancha Moreno
TRUJILLO: Don José Luis Valiña Reguera
VILLAFRANCA DE LOS BARROS: José Guillermo Peña Peña
VILLANUEVA DE LA SERENA: Joaquín Carlos del Solar Barroso
*(Este listado puede sufrir modificaciones con respecto a altas y bajas).
¿Puede la apostilla certificar la validez de un documento?
-No, ni su validez ni su veracidad.
¿Como sé si tengo que apostillar o legalizar un documento?
-Tendremos que conocer si el país donde va a surtir efecto el documento es estado miembro o no miembro del Convenio de la Haya.
¿Tienen fecha de caducidad las legalizaciones?
-No. No existe límite para solicitar una legalización tras la expedición del documento, ya que carece de fecha de caducidad. No obstante, si el documento expedido tiene una duración limitada, la legalización que se efectúe sobre él también lo tendrá.
La Apostilla electrónica sí tiene una validez de 25 años desde la fecha de emisión.
¿Cuanto me cobra el notario por apostillar o legalizar un documento?
-El Notario no cobra nada por este trámite, ahora bien, tanto si se trata de una legalización diplomática como de una Apostilla, deberá hacerse un ingreso previo por cada documento a favor del Colegio Notarial de Extremadura en un nº de cuenta designado para a tal efecto, indicando persona física/jurídica que hace el ingreso y país donde va a surtir efecto el documento.
El precio actual es de 20 € pero puede estar sujeto a futuras modificaciones.
¿Cuánto cuesta legalizar un documento fuera de la notaría?
-La legalización le será gratuita siempre que la realice en la Sección de Legalizaciones del Ministerio de Asuntos Exteriores y de Cooperación de Madrid. En el caso de efectuarse en una Embajada o Consulado de España, conllevaría el pago de una tasa.
¿Donde puedo conseguir la factura de lo que he abonado por la legalización o apostilla?
-Vd. puede reclamar su factura bien al Notario que le legalizó el documento, o bien directamente al Colegio Notarial de Extremadura.
¿Puedo legalizar/apostillar un documento a través de Internet?
-Sí, existe el Registro electrónico de Apostillas. Para más información consulte en el Ministerio de Justicia.
¿Puedo apostillar un documento que no es mío ante notario?
-Sí, cualquier persona portadora del documento podrá hacerlo.
¿Puedo utilizar un documento en otro país distinto para el que previamente me fue apostillado?
-Sí, siempre que esté acogido, en el caso de la Apostilla, al Convenio de la Haya y en el caso de la Legalización Diplomática se aplicará el mismo criterio.